Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2002, B. 457. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 364. XXXVI. Y OTROS RR.OO.

SIBILSKIS ALBERTO c/ ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de noviembre de 2002.

Vistos los autos:

"S.364.XXXVI.

'SIBILSKIS ALBERTO c/ ANSES'; B.457.XXXVI. 'B.J.A. c/ ANSES'; L.297.- XXXVI. 'L.L.R.E. c/ ANSES'".

Considerando:

  1. ) Que los agravios vinculados con el reajuste de las prestaciones posteriores a marzo de 1995 encuentran adecuada repuesta en Fallos: 322:2226 ("H.R., C."), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

  2. ) Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art.

    21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. "Arena, A. c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad.

  3. ) Que los restantes agravios de la ANSeS no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados.

    Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público y revocar las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "H.R." y "Arena" citados.

    Costas por su orden (art.

    21, ley 24.463).

    Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los -//fines del art. 6° de la ley 25.344, notifíquese y devuélvanse.

    JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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