Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 18 de Septiembre de 2002, C. 625. XXXVIII

Fecha18 Septiembre 2002

Competencia N° 625. XXXVIII.

O., C. s/ internación.

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e :

Los magistrados a cargo del Tribunal de Familia n1 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, y del Juzgado Nacional en lo Civil n1 85 se declararon incompetentes para conocer en el proceso(fs.

10/vta, 31/vta. y 29/vta.).

En tales condiciones, quedó trabada una contienda que corresponde dirimir a V.E. en los términos del artículo 24, inciso 71, del decreto/ley 1285/58.

En el caso concurren, en mi parecer, circunstancias análogas, en lo sustancial, a las consideradas por el Tribunal en autos: Competencia 619, L. XXII, ACaimi, J.A. s/ internación@, sentencia de fecha 22 de agosto de 1989 (Fallos:

312:1373) y en su sentencia de fecha 18 de junio de 1995, in-re Competencia N1 35, L.

XXX, ACamino, M.A. s/ Intenaión@, a cuyos fundamentos cabe remitirse brevitatis-causae. Así lo pienso, toda vez que advierto sobre el particular que la causante fue internada en reiteradas oportunidades en la Clínica de Psicopatología Comunidad S. A., de la ciudad de Villa Domínico, Provincia de Buenos Aires, quien, aún parece permanecer bajo tratamiento en dicha institución, desde que el mencionado establecimiento solicitó su alta ante el Tribunal con jurisdicción en la precitada provincia, sin aún haberse pronunciado al respecto (fs. 5/6 y 11/2), situación que torna aconsejable que esté a cargo del tribunal con competencia en la precitada localidad, ponderar la situación médica de la presunta incapaz, máxime cuando dicho organismo consintió su jurisdicción a fojas 3 (Ver doctrina de Fallos: 315: 2963).

Por ello, opino que corresponde dirimir la contienda disponiendo que compete al Tribunal de Familia N1 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, continuar entendiendo en el juicio.

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2002.

N.E.B.

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