Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Agosto de 2002, I. 125. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 670. XXXVII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

A., H.B. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de agosto de 2002.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas 'A., H.B. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; A.538.XXXVII 'A., J.C. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; B.788.XXXVII 'Bocanera, R.H. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; C.1111.XXXVII 'C., S. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; E.198.XXXVII 'Euillades, A.O. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; G.723.XXXVII 'G., E. y otros c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; I.125.XXXVII 'I., M.A. c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. y otro'; para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa "A." (Fallos: 324:3876), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Que los jueces B., P. y B. se remiten a su disidencia en la mencionada causa.

Por ello, por mayoría, se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado. Vuelvan los autos al tribunal anterior para que, por medio de quien corresponda, se dicten nuevos fallos con arreglo al presente. Agréguense las quejas a los principales, con copia del pronunciamien-

to al cual se hace referencia. N. y, oportunamente, remítanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AU- GUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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