Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Julio de 2002, A. 167. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 167. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

A., R.P. c/ Poder Legislativo de la Provincia del Chaco.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de julio de 2002.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por R.P.A. en la causa A., R.P. c/ Poder Legislativo de la Provincia del Chaco", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. N. y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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