Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2002, M. 77. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 77. XXXVIII.

M., E. c/B., H. s/ sumario.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de julio de 2002.

Vistos los autos: A., E. c/B., H. s/ sumario@.

Considerando:

  1. ) Que de la constancia de fs. 689 se desprende que la demandada, sin efectuar reserva alguna, ha pagado el importe total de la condena impuesta por la sentencia que había resistido mediante el recurso extraordinario concedido a fs. 464/465, y que la actora ha manifestado no tener nada más que reclamar en las presentes actuaciones.

  2. ) Que el depósito en calidad del pago del importe de la suma adeudada sin hacer reserva alguna de continuar el trámite del remedio federal, importa una renuncia o desistimiento tácito del recurso, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 873, 915 y 918 del Código Civil (Fallos: 306:837).

  3. ) Que, en tales condiciones, dado que las sentencias de la Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión y la actitud asumida por la recurrente demuestra que carece de interés en su apelación, resulta inoficioso que el Tribunal se pronuncie sobre el planteo de caducidad de la instancia del recurso federal de fs. 514 y 517/518.

Por ello, se desestima el recurso extraordinario de fs.

396/435 y se declara inoficioso el tratamiento del planteo de fs. 514 y 517. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil -//y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente, re-

mítase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.

F.

LOPEZ - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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