Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Junio de 2002, F. 307. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 307. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

F., A.R. s/ p.s.a. homicidio calificado -causa n° 7/01-. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de junio de 2002.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de A.R.F. en la causa F., A.R. s/ p.s.a. homicidio calificado -causa n° 7/01-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente y a su fiadora solidaria a que, dentro del quinto día, efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR