Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Junio de 2002, H. 127. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H. 127. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

H., J.A. s/ homicidio en ocasión de robo -causa n° 93.581-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de junio de 2002.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor oficial de J.A.H. en la causa H., J.A. s/ homicidio en ocasión de robo -causa n° 93.581-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente, a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZA- RENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUS- TAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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