Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Mayo de 2002, L. 241. XXIII

Fecha14 Mayo 2002
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 241. XXIII.

ORIGINARIO

L., J. de la Cruz y otros c/ Corrientes, Provincia de s/ daños y perjuicios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de mayo de 2002.

Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs. 925/929 la Provincia de Corrientes plantea excepción de prescripción a la ejecución de honorarios iniciada por el perito actuario Colombo. Corrido el traslado pertinente, éste se opone por las razones que aduce a fs.

932/934.

Que la excepción debe ser rechazada. En efecto, el plazo de prescripción que resulta aplicable al derecho a cobrar los honorarios regulados es el decenal que prescribe el art. 4023 del Código Civil, y no el 4032, como equivocadamente pretende la deudora (Fallos: 322:2923, entre muchos otros).

Por ello, se resuelve: Rechazar la excepción opuesta. Con costas. N.. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT.

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