Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Abril de 2002, H. 112. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

H. 112. XXXVI. y otro

RECURSOS DE HECHO

Haiat de B., N.L. c/B., Y..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de abril de 2002.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en la causa 'Haiat de B., N.L. c/B., Yako' y por A.B. y A.J.B. en la causa H.117 XXXVI 'Haiat de B., N.L. c/B., Yako'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen del señor P.F., que esta Corte comparte y hace suyos brevitatis causa.

Por ello, se hace lugar a las quejas, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Reintégrense los depósitos y agréguense las quejas al principal. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. N. y remítanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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