Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 27 de Febrero de 2002, C. 21. XXXVIII

Fecha27 Febrero 2002

Competencia N° 21. XXXVIII.

O., G.D. s/ uso de documento público falso.

Procuración General de la Nación Suprema Corte:

A mi juicio, concurren en la presente contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal con asiento en Concepción del Uruguay y el Juzgado de Instrucción N° 3 de la ciudad de Concordia, ambos de la Provincia de Entre Ríos, circunstancias substancialmente análogas a las consideradas en la Competencia N° 1857.XXXVII in re "V., G.O. y otro s/ uso de documento de automotor adulterado", resuelta el 13 de noviembre de 2001.

En atención a los fundamentos allí expresados, a los que me remito en beneficio de la brevedad, opino que corresponde asignar competencia a la justicia provincial para entender en estas actuaciones.

Buenos Aires, 27 de febrero de 2002.

L.S.G.W.

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