Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Noviembre de 2001, B. 667. XXXVII

Fecha06 Noviembre 2001
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 471. XXXVII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

Banco de C.D. c/ Contreras, V..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de noviembre de 2001.

Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por el Banco de La Pampa en la causa ›Banco de Coronel Dorrego c/ Contreras, V.=; y por la actora en las causas:

B.473.XXXVII.

›Banco de La Pampa c/ Heguilein, R.O.=; B.559.XXXVI. ›Banco de La Pampa c/ P.S., R.P.O.=; B.667.XXXVII. ›Banco de La Pampa c/ Pino, M.A., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, por fundamentos análogos a los expresados en la sentencia recaída el 30 de mayo de 2001 en la causa B.555.XXXVI. ABanco de La Pampa c/ Bonazelli, F.G.A., corresponde -con los mismo alcances- hacer lugar al planteo federal.

Por ello, y lo dictaminado por el señor P.F., se hace lugar a las quejas, se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias con el alcance indicado.

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