Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2001, P. 748. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 748. XXXV.

R.O.

Pellegrini, D.O. C/ ANSeS s/ reajustes por movilidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de octubre de 2001.

Vistos los autos: A., D.O. C/ ANSeS s/ reajustes por movilidad@.

Considerando:

Que los planteos de la actora relacionados con la extensión de la movilidad de la ley 18.037 hasta la entrada en vigor de la ley 24.241 y, a partir de allí, con aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio y del Módulo Previsional encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en el precedente publicado en Fallos:

323:555, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir.

Que los agravios esgrimidos por la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 322:2226, voto de los jueces N., M.O., B., L. y V., a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello, el Tribunal resuelve: Declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocar parcialmente las sentencias apeladas con el alcance que surge de Fallos: 322:2226 citado. Respecto de la movilidad por el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.463, el juez B. se remite a su disidencia en la causa AChocobar@ (Fallos: 319:3241). Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Practíquese la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344. N. y

devuélvase.

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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