Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2001, F. 329. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 329. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Ferrocarriles Metropolitanos S.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de octubre de 2001.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la demandada en la causa Ferrocarriles Metropolitanos S.A. c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las sentencias de la Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario (Fallos: 298:33 y 301:947, entre otros).

Que atento lo manifestado a fs. 144 por la parte recurrente, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 58 ha resuelto declinar su competencia en los autos que motivan el recurso en examen, y su remisión al fuero contencioso administrativo y tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tornando abstracta la cuestión a resolver.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que no corresponde emitir pronunciamiento en la presente queja. Intímese a la demandada para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo

prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRAC- CHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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