Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2001, C. 326. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 326. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

C.B., H. s/ causa n° 3216.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de octubre de 2001.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (de aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos:

317:1642, 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII. A.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P. -causa n° 6447-@, considerando 3°, y D.479.XXXV. A., J.L. s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificación -causa n° 32.139-@, resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001 respectivamente), sin que el recurrente haya cumplido con lo dispuesto a fs. 16 in fine y reiterado a fs. 37, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AU- GUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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