Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2001, A. 139. XXXVII

Fecha23 Octubre 2001
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 139. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

Agnone, S.M. s/ defraudación especial.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de octubre de 2001.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la defensa de S.M.A. en la causa Agnone, S.M. s/ defraudación especial@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no refuta los motivos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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