Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Octubre de 2001, D. 396. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 396. XXXVI.

Da Silva, M.M. c/ Proservicios S.A. s/ accidente - ley 9688.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de octubre de 2001.

Vistos los autos: A.S., M.M. c/ Proservicios S.A. s/ accidente - ley 9688".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos expuestos en el dictamen del señor P.F. que antecede, a los que corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. N. y remítase. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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