Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Septiembre de 2001, C. 1. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Correa, T. de Jesús c/ Sagaria de Guarracino, A.V..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de septiembre de 2001.

Autos y Vistos; Considerando:

Que los pronunciamientos de la Corte dictados en los recursos de queja por apelación extraordinaria denegada no son susceptibles de recurso de reposición, salvo situaciones de error de hecho evidente, que no se presentan en el caso (Fallos: 316:1706; 317:753, entre otros).

Por ello, se desestima lo solicitado a fs. 49/53 y estése a lo resuelto a fs.

39.

H. saber y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AU- GUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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