Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Julio de 2001, B. 775. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 775. XXXV.

ORIGINARIO

PENAL B., M.I.; F., C. y R.S., X.S. s/ infr. a la ley 23.737.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires; 17 de julio de 2001.

Autos y Vistos; Considerando:

Que en el presente sumario se investiga la presunta infracción a la ley 23.737 en la que habría incurrido M.I.B., hija de D.V.B., funcionario administrativo de la embajada de la República de Francia en nuestro país, delito para cuyo juzgamiento esta Corte se declaró competente (fs. 116/116 vta.), y solicitó en consecuencia la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación a los fines dispuestos en el art. 24, inc. 1°, apartado final, del decreto-ley 1285/58.

Que en cumplimiento de esa disposición legal se libró el oficio cuya copia obra a fs. 118 sin que se haya recibido respuesta de la mencionada embajada no obstante el tiempo transcurrido desde la fecha de su libramiento así como desde su recepción y posterior remisión a las autoridades extranjeras por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores (fs. 119), sin que esta última información se vea desvirtuada por prueba alguna, lo que autoriza a considerar tácitamente denegada la solicitud (Fallos: 296:624; 307:1280 y 323:2990).

Por ello, de conformidad con lo dictaminado concordemente por el señor P.F., se declara que la Corte se encuentra impedida de ejercer su jurisdicción originaria en la presente causa, que se archivará y de la que se remitirán copias íntegras autenticadas al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación y al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1,

de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a los fines que correspondan. H. saber y cúmplase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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