Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Junio de 2001, N. 194. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 194. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

N., S. y otro s/ doble homicidio culposo y lesiones culposas Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de junio de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de S.N. y R.G. en la causa N., S. y otro s/ doble homicidio culposo y lesiones culposas", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR