Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Junio de 2001, B. 350. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 350. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

B., J.C. c/ Autoplan Círculo de Inversores S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de junio de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa B., J.C. c/ Autoplan Círculo de Inversores S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe la boleta del Banco de la Ciudad de Buenos Aires acreditando el cumplimiento del depósito establecido en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. N. y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO RO- BERTO VAZQUEZ.

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