Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Abril de 2001, G. 798. XXXV

Fecha03 Abril 2001
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 798. XXXV.

    RECURSO DE HECHO

    Glikin, León s/ incumplimiento de los deberes de asistencia alimentaria -causa n° 3306-.

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de abril de 2001.

    Vistos los autos: A. de hecho deducido por León Glikin en la causa Glikin, León s/ incumplimiento de los deberes de asistencia alimentaria -causa n° 3306-@, para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que las sentencias de la Corte deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque ellas sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario (Fallos: 298:33 y 301:947, entre otros). En virtud de ello, la muerte del condenado L.G., certificada a fs. 75, en cuyo favor se interpuso el recurso de queja, por extinguir la acción penal torna inoficioso el pronunciamiento de este Tribunal (arg. art. 59, inc. 1°, del Código Penal) (sentencia del 6 de mayo de 1997 in re G.1668.XXXII. A.P., H.A. y otros s/ defraudación -causa n° 1977y sus citas).

    Por ello, declárase inoficioso un pronunciamiento de esta Corte respecto de la queja deducida en favor de León Glikin.

  2. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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