Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Abril de 2001, E. 162. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 162. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Electroingeniería S.A. c/ Dirección de Energía de Catamarca.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de abril de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Electroingeniería S.A. c/ Dirección de Energía de Catamarca", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P. General que antecede, al que se remite en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. R. el depósito de fs. 37. N. y remítase. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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