Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2001, M. 1038. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1038. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Montenegro, J.C. c/ Policía de la Provincia de Buenos Aires.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 13 de marzo de 2001.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por el delegado fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires en la causa Montenegro, J.C. c/ Policía de la Provincia de Buenos Aires@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Que el juez V. se remite a su voto en disidencia en Fallos: 320:1846.

Por ello, por mayoría, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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