Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Diciembre de 2000, B. 365. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 40. XXXVI.

    Beecham Group PLC c/ INPI s/ denegatoria de patente.

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de diciembre de 2000.

    Autos y Vistos: B.40.XXXVI ?Beecham Group PLC c/ INPI s/ denegatoria de patente@; B.365.XXXV ?Basf Lacke + Farben AG c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; B.526.XXXV ?B.A. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ nulidad de patentes@; D.64.XXXV ?Daussan et Compagnie c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; E.249.XXXV EI Dupont de Nemours and Company c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; F.68.XXXV ?Friedr Ischebeck GMBH c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; G.75.XXXV ?Glaxo Group Limited c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; G.961.XXXV ?G. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; I.123.XXXV ?International Paper Company c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ dengatoria de patente@; N.122.XXXVI ?Nihon Bayer Agrochem K K c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; N.178.XXXV ?Novartis A G c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; M.313.XXXV ?Mag Instrument Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; O.175.XXXV ?Owens Illinois Closure Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; S.48.XXXVI ?S.C.C.L. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; S.532.XXXV ?Sumitomo Chemical Company Ltd. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; T.196.XXXVI ?The Mead Coporation c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@; T.262.XXXV ?T.J.B. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ varios propiedad industrial e

    intelectual@ y U.35.XXXV ?Unilever NV c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente@.

    Considerando:

    Que por haber incurrido el Tribunal en un error material, debe rectificarse la parte resolutiva de la sentencia dictada el 9 de noviembre de 2000 en las causas precedentemente citadas.

    Por ello, se rectifica la parte dispositiva de la sentencia que queda redactada en los siguientes términos: A. ello, oído el señor P.F., el Tribunal por mayoría resuelve confirmar las sentencias apeladas. Costas en el orden causado en atención a la dificultad jurídica del tema (art.

    68, segundo párrafo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente devuélvanse los autos.

  2. copia de la presente y de la sentencia precedentemente citada a cada una de las causas arriba mencionadas@. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S.

    FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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