Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 2000, C. 122. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.122.XXXVI. y otros RR.OO.

Caminos, V. c/ ANSeS s/ dependientes:

otras prestaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 2000.

Vistos los autos: "C.122.XXXVI. 'CAMINOS VICENTE c/ AN- SES'; A.947.XXXV.

'A.C.M. c/ ANSES'; C.125.-XXXVI. 'C.C.A. c/ ANSES'; M.236.XXXVI.

'MARCHENA JULIO HECTOR c/ ANSES'".

Considerando:

Que contra las sentencias de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que, al desestimar las apelaciones de la Anses, confirmaron los fallos de la instancia anterior que habían reconocido el derecho de los afiliados a obtener la jubilación con arreglo a lo establecido en los arts. 27 y 43, párrafo tercero, de la ley 18.037, el citado organismo dedujo recursos ordinarios de apelación, que fueron concedidos y resultan formalmente admisibles (art. 19 de la ley 24.463).

Que la apelante se agravia de la aplicación al caso del art.43, tercer párrafo, de la ley 18.037. Sostiene que la cuestión debía ser resuelta según las modificaciones introducidas en la ley 24.241, dado que se hallaba vigente a la fecha de la solicitud del beneficio y al tiempo de cumplir los actores la edad mínima exigida para obtener la jubilación.

Dichos argumentos no logran rebatir la interpretación de las normas en juego formulada por la cámara para juzgar el problema, pues los memoriales respectivos sólo contienen planteos genéricos y no rebaten los argumentos de los fallos referentes a las circunstancias del juicio, aparte de que las razones que esgrime no coinciden con la situación fáctica y cronológica, lo que resulta ineficaz para sustentar los recursos oportunamente concedidos y deben ser declarados desiertos (conf.

Fallos:

307:

2216; 308:818; 310:2929; 317:1365 y 318:2228, entre muchos otros).

Por ello, se declaran desiertos los recursos ordinarios.

Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.464). N. y devuélvanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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