Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 2000, G. 307. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 307. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Gentilin, M.; C., J.C. s/ lesiones culposas -causa N° 70.824-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 2000.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.C.C. en la causa Gentilin, M.; C., J.C. s/ lesiones culposas -causa N° 70824-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 21. H. saber y archívese. JULIO S. NAZA- RENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO RO- BERTO VAZQUEZ.

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