Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 2000, R. 814. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 2000.

Autos y Vistos; Considerando:

Que las recusaciones de los jueces de esta Corte conducen al examen de las mismas cuestiones examinadas en el pronunciamiento del 14 de setiembre pasado, en la causa D.585.XXXVI, ADevita, S.A. c/ Estado Nacional y otros s/ acción de amparo@; razón por la cual procede su rechazo in limine.

Que el juez V. remite a lo expresado en el voto que emitió en dicha oportunidad.

Por ello, se desestiman las recusaciones planteadas a fs.

220/228 vta. N.. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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