Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Octubre de 2000, E. 132. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 132. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Escurra, C.E. c/A., R. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de octubre de 2000.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por R.A.A., por sí y por la sucesión de J.A., V.A. de L. y J.A. de S. en la causa Escurra, C.E. c/A., R. y otros@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, no es el tribunal superior, según el art. 14 de la ley 48 (Fallos: 308:490 y 311:2478).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOS- SERT - ADOLFO R.V..

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