Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 26 de Mayo de 2000, C. 471. XXXVI

Fecha26 Mayo 2000

Competencia N° 471. XXXVI.

S., O. s/ tenencia de arma y munición de guerra.

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e :

Según mi parecer, concurren en la presente contienda negativa de competencia suscitada entre la Tercera Cámara del Crimen de la Primera Circunscripción Judicial y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n1 2, ambos de la ciudad capital de Mendoza, circunstancias substancialmente análogas a las que informaron el dictamen del 16 de noviembre del año 1999, en la Competencia n1 480, L.XXXV in re AMenna, H.R., por tenencia ilegítima de arma de guerra@.

Por las razones allí expuestas, a las que me remito en beneficio de la brevedad, entiendo que corresponde al tribunal provincial conocer en estas actuaciones.

Buenos Aires, 26 de mayo de 2000.

E.E.C.

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