Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Abril de 2000, A. 112. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 112. XXXV.

RECURSO DE HECHO

A.P., J.I. s/ tentativa de extorsión -causa N° 921/93-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de abril de 2000.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de J.I.A.P. en la causa A.P., J.I. s/ tentativa de extorsión -causa N° 921/93-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V..

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