Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Abril de 2000, A. 24. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 24. XXXVI.

ORIGINARIO

PENAL Avirán, Itzhak s/ lesiones culposas -causa N° 2059/12/00-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de abril de 2000.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que el señor juez a cargo del Juzgado de Instrucción de la ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, se declaró incompetente para investigar en el presunto delito de lesiones culposas acaecidas en circunstancias del accidente automovilístico producido en el trayecto de la ruta nacional 259 Los Cipreses-Trevelin, Provincia del Chubut.

  2. ) Que si bien no se acreditó en autos por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación la condición de aforado del señor I.A., es de conocimiento público y notorio que reviste la calidad de embajador del Estado de Israel ante nuestro país.

  3. ) Que en tales condiciones corresponde que este Tribunal continúe con la instrucción de la causa con arreglo a lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General, se declara la competencia originaria de esta Corte para entender en la presunta infracción al art. 94 del Código Penal.

Prosígase la instrucción del sumario, delegándose en el señor secretario del Tribunal, doctor E.C., las facultades de investigación, con el alcance y los límites fijados en la acordada 28/93. Como secretario de actuación intervendrá el doctor F.R.V., secretario

letrado de esta Corte Suprema.

R. declaración testifical a G.P..

N.. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE OŽCONNOR - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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