Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Febrero de 2000, B. 384. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 384. XXXV.

RECURSO DE HECHO

Botindari, C.H. c/T., J. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de febrero de 2000.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa B., C.H. c/T., J. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 37. H. saber y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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