Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Noviembre de 1999, C. 717. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 717. XXXV.

RECURSO DE HECHO

Copat, S. y C., V. s/ presunta comisión del delito de estafa procesal causa n° 86.679/98-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de noviembre de 1999.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la querella en la causa Copat, S. y C., V. s/ presunta comisión del delito de estafa procesal -causa n° 86.679/ 98- A, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación dio origen a esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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