Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Noviembre de 1999, B. 349. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 349. XXXIV.

B.S.A.C. c/ Obra Social de Artistas de Variedades s/ proceso de ejecución.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 1° de noviembre de 1999.

Vistos los autos: ABagalá S.A.C. c/ Obra Social de Artistas de Variedades s/ proceso de ejecución@.

Considerando:

Que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la providencia de fs.

314 que había considerado que no correspondía expedirse acerca de la petición de Bagalá S.A.C. tendiente a que se libre oficio al organismo correspondiente requiriendo el pago de la suma reclamada, con apoyo en lo dispuesto por la ley 24.070, ya que de las constancias de la causa surgía que el Estado Nacional no había asumido la deuda.

Contra tal pronunciamiento, la actora interpuso el recurso extraordinario que fue concedido a fs. 359.

Que las cuestiones propuestas por la apelante guardan analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 319:786, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad.

Por ello y habiendo dictaminado el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario interpuesto y se confirma la sentencia apelada. Con costas. N. y oportunamente, remítase. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUI- LLERMO A.F.L. -A.R.V..

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