Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 1999, F. 244. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 244. XXXV.

RECURSO DE HECHO

Federación Médica Gremial de la Capital Federal c/ Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 1999.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional -Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación- en la causa Federación Médica Gremial de la Capital Federal c/ Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Intímese al Estado Nacional para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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