Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Septiembre de 1999, M. 370. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 370. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Matulova, V. c/ Slavik, V..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de septiembre de 1999.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que por providencia del secretario de difirió la consideración de la presente queja hasta tanto se resolviera el incidente de redargución de falsedad que había sido denunciado por la apelante y se hizo saber a esta última que debía informar periódicamente al Tribunal respecto de la tramitación del incidente mencionado, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la instancia (fs. 18).

  2. ) Que al no haber cumplido con esa carga procesal durante un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del referido código, esta Corte declaró la caducidad de la instancia a fs. 20, sin que la recurrente -que solicita la revisión de lo resuelto- haya invocado razones válidas que justifiquen su actitud de no informar en los términos referidos.

  3. ) Que tal información no podía tener otro objetivo que demostrar su interés en mantener viva la instancia y evitar una eventual declaración de caducidad, por lo que al no estar justificada la razón para incumplir la carga procesal aludida, corresponde rechazar la incidencia planteada, máxime cuando en una oportunidad anterior la parte había suministrado la información que se le había requerido (conf. escrito de fs.

19).

Por ello, se desestima el recurso de reposición interpuesto a fs. 22. N. y archívese.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE OŽCONNOR - CARLOS S.

FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR