Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Septiembre de 1999, T. 118. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 118. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

T., F.J. s/ incidente de eximición de prisión -causa N° 91833/21-.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de septiembre de 1999.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por el defensor de F.J.T. en la causa T., F.J. s/ incidente de eximición de prisión -causa N° 91833/21-@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en autos se presenta una situación sustancialmente análoga a la tratada y resuelta en la fecha en la causa T.119 XXXIV ATrusso, P.A. s/ asociación ilícita causa 21.836-@, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. R. el depósito de fs. 1. A. al principal, agréguese copia de la sentencia citada y devuélvanse las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la presente. Hágase saber. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S.

FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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