Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 1999, J. 2. XXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

J.2.XXVIII.

J., G.A. c/ INPS-Caja Na cional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 1999.

Vistos los autos: "J., G.A. c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad".

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en las presentes actuaciones resultan sustancialmente análogas a las analizadas y resueltas por esta Corte en la causa F.89.XXVII. "F. de Ritorto, Faime c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 16 de febrero de 1999, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello, el Tribunal resuelve: desestimar el planteo de la parte actora de fojas 167, punto 2. Con el alcance que surge de las consideraciones que anteceden, declarar procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS; en consecuencia, se revoca la sentencia apelada; en cuanto a la movilidad que corresponde desde el 1° de abril de 1991 hasta que entró en vigencia el régimen instaurado por la ley 24.241, ordenar que se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar" (Fallos:

319:3241).

En cuanto al fondo del asunto, el juez B. se remite, en lo pertinente, a su disidencia en la causa "Chocobar, S.C.". A.

guese copia, notifíquese y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

5 temas prácticos
5 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR