Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Mayo de 1999, I. 24. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 24. XXXV.

    RECURSO DE HECHO

  2. de Balsamello, F.I. c/B., Ricardo E.

    Buenos Aires, 19 de mayo de 1999.

    Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por F.I.I. de Balsamello en la causa I. de Balsamello, F.I. c/B., R.E.", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se desestima esta presentación directa.

    N. y, oportunamente, archívese. C.S.F. -A.C.B. -E.S.P. -G.A.B. -A.R.V..

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