Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 1999, M. 612. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 612. XXXIV.

    RECURSO DE HECHO

    Micro Mar Sociedad Anónima c/ Ministerio de Trabajo.

    Buenos Aires, 15 de abril de 1999.

    Autos y Vistos:

    Por haber transcurrido el plazo legal (art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), sin que se haya instado el procedimiento, declárase operada en la presente queja la caducidad de la instancia.

  2. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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