Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Noviembre de 1998, C. 354. XXXIV

Fecha24 Noviembre 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 354. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

C., E.R. y otro s/ estafas reiteradas -Causa: M.E. 233/95-. Buenos Aires, 24 de noviembre de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor de E.R.H. en la causa C., E.R. y otro s/ estafas reiteradas -Causa: M.E.

233/95-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

  1. ) Que en el escrito de fs. 74/74 vta. el apelante plantea recurso de revocatoria respecto del auto de fs. 72 que desestimó el de queja por haber sido presentada fuera del término que prevé el art. 282 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y su ampliación según el art. 158, para lo cual invocó error en el cómputo del plazo previsto para la presentación directa, ya que no se había considerado lo dispuesto en el art. 4° in fine de la ley 2199 de la Provincia de Tucumán.

  2. ) Que esta Corte ha dicho que la forma de notificación debe regirse por la norma procesal local y, en tal sentido, la ley 2199 de la Provincia de Tucumán establece en su art. 4°, última parte, que "la notificación se tendrá por hecha el primer día de comparendo obligatorio posterior a la fecha en que la cédula fue puesta en la caja", por lo que ha de admitirse la reposición deducida (Fallos: 318:2683).

  3. ) Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se hace lugar al recurso de reposición, se revoca la providencia de fs. 72 y se desestima la queja.

-Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto , efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código cesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la dad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo aperimiento de ejecución. H. saber y archívese. JULIO S.

ARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO NRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ERTO VAZQUEZ.

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