Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Septiembre de 1998, S. 98. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 98. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

S., J.L. y otros c/ Expreso Quilmes S.A.

Buenos Aires, 8 de septiembre de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa S., J.L. y otros c/ Expreso Quilmes S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 41. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

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