Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 1998, A. 181. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 181. XXXIV A.P.I. Antártida Pesquera Industrial S.

A. U.T.E. s/ recurso de amparo - medida de no innovar.

Buenos Aires, 6 de agosto de 1998.

Vistos los autos: "A.P.I. Antártida Pesquera Industrial S.A. U.T.E. s/ recurso de amparo - medida de no innovar".

Considerando:

Que la cuestión planteada en el sub examine guarda sustancial analogía con la considerada y resuelta en la sentencia dictada el 16 de abril de 1998 en los autos F.455. XXXIII. "F.M.S.A. c/ Administración Nacional de Aduanas s/ acción de amparo", a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario en los términos expresados en el fallo mencionado, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda de amparo. Con costas de todas las instancias a la actora vencida (art. 14 de la ley 16.986, y arts. 68 y 279 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

N. y devuélvase con copia del precedente citado.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -CARLOS S.

FAYT- ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR