Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Mayo de 1998, R. 23. XXXIII

Fecha12 Mayo 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 23. XXXIII. R., G.M. c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal res. 482/95. Buenos Aires, 12 de mayo de 1998. Autos y Vistos; Considerando: Que a fs. 76 se presenta el doctor H.J. Y. y solicita que se impongan las costas a la vencida y que se regulen honorarios por su actuación como letrado patrocinante de la parte actora. Que, en lo concerniente a la imposición de costas la petición del letrado suscita el examen de una cuestión sustancialmente análoga a la resuelta por este Tribunal en la causa I.52.XXXIII. "I., R. c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Pol. Fed. - Res. 2022/94", sentencia del 17 de marzo de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razones de brevedad. Por ello, se desestima la imposición de costas solicitada a fs. 76 y en atención a la labor desarrollada a fs. 48/ 52 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6º, incs. a, b, c y d; 7º y 14 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432- se regulan los honorarios del doctor H.J.Y. en la suma de cuatrocientos pesos ($ 400). N. y devuélvanse. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R. V..

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