Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Mayo de 1998, A. 53. XXIV
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
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53. XXIV.
RECURSO DE HECHO
Asociación Mutual Soldado de la Independencia c/ Instituto de Vivienda del Ejército (I.V.E.).
Buenos Aires, 7 de mayo de 1998.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.O.G.; L.V.T. y L.A.P. en la causa Asociación Mutual Soldado de la Independencia c/ Instituto de Vivienda del Ejército (I.V.E.)", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja. D. perdidos los depósitos de fs. 72/74. N. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO.
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 1998, A. 281. XXXIV
..."R., D.R. c/ Hospital Italiano Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires y otro", sentencia del 18 de marzo de 1997; A.31.XXIV y A.53.XXIV "Asociación Mutual Soldado de la Independencia c/ Instituto Vivienda del Ejército", fallo del 21 de agosto de 1997). N. y, oportunamente, archív......
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..."R., D.R. c/ Hospital Italiano Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires y otro", sentencia del 18 de marzo de 1997; A.31.XXIV y A.53.XXIV "Asociación Mutual Soldado de la Independencia c/ Instituto Vivienda del Ejército", fallo del 21 de agosto de 1997). N. y, oportunamente, archív......