Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 31 de Marzo de 1998, C. 141. XXXIV

Fecha31 Marzo 1998

N., E.A. S/ ASOCIACION ILICITA.

S.C. Comp.141.XXXIV.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia, suscitada entre los titulares del Juzgado en lo Criminal de Instrucción n118 de esta Capital y del Juzgado en lo Criminal y Correccional n1 1 de la localidad de San Martin, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa iniciada con motivo de la denuncia formulada por E.A.N..

En ella refiere que con motivo de un préstamo, por él otorgado a algunos de los directivos de la empresa FORACOM S.A., recibió en concepto de garantía una serie de cheques, que al ser presentados al cobro fueron rechazados, entre otras razones, por no existir fondos.

El magistrado nacional, sobre la base que los cartulares habrían sido emitidos con fecha diferida y que no existió simultaneidad entre las contraprestaciones, declinó su competencia en favor de la justicia local, tras entender que la conducta denunciada encuadraría en las previsiones del artículo 302 del Código Penal, que corresponde investigar al juez con jurisdicción sobre el domicilio del banco girado (fs.22).

Esta última, por su parte, no aceptó la competencia atribuída por considerarla prematura (fs. 31).

Con la insistencia de la justicia nacional, a fs.

35, quedó planteada esta contienda.

Al resultar de los términos de la denuncia que, en garantía de un préstamo dinerario efectuado a los directivos de FORACOM S.A., éstos le entregaron varios cheques postdata

dos, entiendo que, no puede eliminarse la posibilidad de que tal accionar significara un desnaturalización de la función del cheque como instrumento de pago (Fallos : 315:1880 y competencia n1 455 L. XXXIII in re C., C. y otros s/ estafa del 14 de octubre de 1997).

En tales condiciones, y habida cuenta que los instrumentos habrían sido entregados en esta ciudad, opino que corresponde a la justicia nacional continuar con el trámite de las actuaciones.

Buenos Aires, 31 de marzo de 1998.

Es copia.

L.S.G.W..

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