Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Febrero de 1998, U. 23. XXXIII

Fecha24 Febrero 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

U. 23. XXXIII.

U.N.R. c/ Razzari, J. y Razzari, J. s/ expropiación.

Buenos Aires, 24 de febrero de 1998.

Vistos los autos: "U.N.R. c/ Razzari, J. y Razzari, J. s/ expropiación".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub lite son sustancialmente análogas a la sentencia publicada en Fallos: 318:445, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar al recurso extraordinario y se confirma la sentencia. Con costas. N. y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT (en disidencia) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A.F.L. -G.A.B. -A.R.V..

DISI

U. 23. XXXIII.

U.N.R. c/ Razzari, J. y Razzari, J. s/ expropiación.

DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub lite son sustancialmente análogas a la publicada en Fallos: 318:445 -disidencia del juez F.- a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, se hace lugar al recurso extraordinario y se revoca la sentencia. Con costas. N. y devuélvase.

C.S.F..

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