Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 1997, K. 65. XXXIII

Fecha10 Diciembre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K., T.R. s/ queja.

S.C. K.65.XXXIII.

PROCURACION GENERAL DE LA NACION

Suprema Corte:

La cuestión debatida en autos es sustancialmente análoga a la tratada en la causa M.305.XXXII, caratulada "M., L. s/ recurso de queja", en la que oportunamente esta Procuración General dictaminó, y que fue resuelta por V.E. el día 25 de septiembre del corriente año, por lo que, en honor a la brevedad, me remito a los fundamentos de dichos antecedentes, manteniendo el recurso interpuesto por el señor Fiscal de Cámara.

Buenos Aires, 18 de noviembre de 1997.

Es copia.

L.S.G.W..

K. 65. XXXIII.

K., T.R. s/ queja.

Buenos Aires, 10 de diciembre de 1997.

Vistos los autos: "Kosuta, T.R. s/ queja".

Considerando:

Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en el remedio federal son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos el 25 de septiembre de 1997 en la causa M.305.XXXII "M., L. s/ recurso de queja", a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, y oído el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. A. copia del precedente citado. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto en el presente. JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO (por su voto)- E.S.P. (por su voto)- A.B. (por su voto) - G.A.F.L. -G.A.B. (por su voto)- A.R.V. (por su voto).

VO

K. 65. XXXIII.

K., T.R. s/ queja.

TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON AUGUSTO CESAR BELLUSCIO, DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI, DON ANTONIO BOGGIANO Y DON GUSTAVO A. BOSSERT Considerando:

Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en el remedio federal son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos el 25 de septiembre de 1997 en la causa M.305.XXXII "M., L. s/ recurso de queja", voto de los jueces B., P., B. y B.- a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, y oído el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. A. copia del precedente citado. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto en el presente. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT.

VO

K. 65. XXXIII.

K., T.R. s/ queja.

TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON A.R.V. Considerando:

Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en el remedio federal son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos el 25 de septiembre de 1997 en la causa M.305.XXXII "M., L. s/ recurso de queja", voto del juez V.- a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, y oído el señor P.F., se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. A. copia del precedente citado. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto en el presente.

A.R.V..

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