Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 1997, C. 586. XXXIII

Fecha25 Noviembre 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 586. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

C., R.A. c/ Sade S.A.C.C.I.F.I.M.

Buenos Aires, 25 de noviembre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa C., R.A. c/ Sade S.A. C.C.I.F.I.M.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 94. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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