Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Noviembre de 1997, K. 42. XXXIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 42. XXXIII.

RECURSO DE HECHO

K., W.M. s/ arts. 864, 865 y 866 del Código Aduanero, arts. 210 y 292 del Código Penal, art. 33 de la ley 17.671, en concurso ideal con art.

  1. , inc. c, ley 20.771 -causa N° 2628-. Buenos Aires, 4 de noviembre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.C.S. (h), defensor oficial de W.M.K. en la causa K., W.M. s/ arts.

864, 865 y 866 del Código Aduanero, arts. 210 y 292 del Código Penal, art. 33 de la ley 17.671, en concurso ideal con art. 2°, inc. c, ley 20.771 -causa N° 2628-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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